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HACIA EL BUEN ESTADO QUÍMICO DE NUESTRAS AGUAS CONTINENTALES: ¿SÓLO LAS EDAR SON RESPONSABLES DEL MISMO?

La Directiva Marco del Agua (DMA) de la Unión Europea incorporó un enfoque integral y ecosistémico de los medios acuáticos y del control de calidad asociado posteriormente recogido en el RD 817/2015. Así, los aspectos biológicos e hidromorfológicos tomaron especial relevancia encaminados a la consecución y el mantenimiento del buen estado-potencial ecológico y químico de las masas de agua. En apartado químico, se desarrollaron las denominadas Normas de Calidad Ambiental que comprendían diferentes tipos de contaminantes: sustancias prioritarias, prioritarias peligrosas, sustancias preferentes y otros contaminantes. La aportación de estos compuestos desde los distintos contribuyentes que evacuan aguas residuales a nuestros saneamientos ha dejado de tener su foco en el ámbito industrial, extendiéndose al resto de actores implicados: aguas residuales domiciliarias, contaminación difusa y vertidos residuales accidentales variados. Todo ello accede a las estaciones depuradoras de aguas residuales con pautas y concentraciones dispares, y con un control sólo eficaz en el caso de los vertdios industriales. Sin tener estas circunstancias en cuenta, los organismos de cuenca aplican mayoritariamente a las autorizaciones de vertido a cauce preceptivas para cualquier EDAR española, los niveles establecidos en las NCA. Ante esto el escenario es ciertamente inquietante: ¿Por qué se aplican las NCA directamente a las aguas depuradas? ¿Son nuestras EDAR capaces de depurar toda la contaminación recibida? ¿Hay mecanismos eficaces de traslado de las NCA a nuestros saneamientos para preservar el entorno acuático? ¿Se puede conseguir la sostenibilidad sin involucar a la ciudadanía? 

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HACIA EL BUEN ESTADO QUÍMICO DE NUESTRAS AGUAS CONTINENTALES: ¿SÓLO LAS EDAR SON RESPONSABLES DEL MISMO?

  • DOI: 10.37572/EdArt_2908226757

  • Palavras-chave: Estado químico, estado y potencial ecológico, normas de calidad ambiental, EDAR, vertido.

  • Keywords: Chemical status, ecological status and potential, environmental quality standards, WWTP, discharge.

  • Abstract:

    The Water Framework Directive (WFD) of the European Union incorporated a comprehensive and ecosystem approach to aquatic environments and the associated quality control subsequently collected in RD 817/2015. Thus, the biological and hydromorphological aspects took on special relevance aimed at achieving and maintaining the good ecological and chemical status-potential of the water masses. In the chemical section, the so-called Environmental Quality Standards were developed that included different types of pollutants: priority substances, dangerous priority substances, preferred substances and other pollutants. The contribution of these compounds from the different taxpayers who evacuate wastewater to our sanitation has ceased to focus on the industrial field, extending to the rest of the actors involved: domestic wastewater, diffuse pollution and various accidental residual discharges. All of this accesses the wastewater treatment plants with disparate patterns and concentrations, and with control that is only effective in the case of industrial discharges. Without taking these circumstances into account, the basin organizations mostly apply the levels established in the NCA to the mandatory discharge authorizations for any Spanish WWTP. Given this, the scenario is certainly disturbing: Why are the NCAs applied directly to treated water? Are our WWTPs capable of purifying all the contamination received? Are there effective mechanisms for transferring NCA to our sanitation to preserve the aquatic environment? Can sustainability be achieved without involving citizens?

  • Número de páginas: 8

  • Rafael Marín Galvín